En cuanto al plazo para reclamar cantidades es de un año, en virtud del artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores, desde que la empresa tenía que abonarlo y no lo hizo .Reunir pruebas sólidas: Antaño de comenzar un proceso laboral es imprescindible hacerse con todo el material probatorio posible que favorezca tu posición en el proceso y ac… Read More